martes, 19 de julio de 2011

AÑO 1877. UNA PÁGINA SOBRE LA HISTORIA DE LA EDUCACIÓN EN VALLE DE LA PASCUA


AÑO 1877. UNA PÁGINA SOBRE LA HISTORIA DE LA EDUCACIÓN EN VALLE DE LA PASCUA

FELIPE HERNÁNDEZ G.
UNESR / Cronista de VLP
felipehernandez56@yahoo.es

Acuerdo comunicado a las respectivas Juntas Comunales de los Distritos Foráneos sobre Instrucción Primaria.
Teniendo en mira el Concejo Municipal de este Departamento Bravo (hoy Municipio Infante), cuidar con esmero de la Educación Primaria como una de sus principales atribuciones, en que debe “promover y establecer por todos los medios que estén a su alcance escuelas primarias y casas de educación de ambos sexos en todos los Distritos y caseríos del Departamento, reglamentándolas y disponiendo y arreglando para la recaudación y administración de los fondos afectos a este objeto, cualquiera que sea su origen”; más, hallándose penetrado de que los Distritos Foráneos, por la extrema escasez de sus rentas, no pueden subvenir a la estabilidad de establecimientos de tal naturaleza, ha venido en decretar el Concejo, el fomento de una escuela matriz en la capital del Departamento, con cuarenta plazas de alumnos, distribuidos así: 30 a beneficio del Distrito capital; 5 a beneficio del Distrito Espino; y 5 a beneficio del de Iguana. Sin otra obligación que la de proveer los mismos Distritos, o sea los padres de familia, el suministro de los utensilios de escritorio, alimento y vestuario. La educación es gratis.
La Junta Comunal de ese Distrito, secundará por su parte esta disposición del Concejo, promoviendo un concurso general de todos los padres de familia de esa localidad que, de común acuerdo se procederá a la elección de los alumnos favorecidos a cumplir su destino, dándose cuenta del resultado que se obtenga de esta operación.
Dios y Federación.
José Tomás Hernández.

Acuerdo del 15 de Febrero sobre exámenes finales
Dígase al Ciudadano José Julián Ramírez encargado de la Instrucción Primaria de este Distrito capital, lo que sigue:
Resuelto: Para conocimiento de esa dirección participo a Usted, que el Concejo Municipal, ha fijado el día 15 de agosto próximo a las 12 del día, para presenciar el examen anual del instituto a su cargo, con el ceremonial de estilo en casos semejantes.
Han sido nombrados examinadores, los Ciudadanos: Presbítero Br. Juan Santiago Guasco, Rafael Zamora y José María Cobeña hijo; designando para pronunciar el discurso de orden al Sr. Dr. Pedro Eduviges Campos.
            El acto se verificará en el salón de la Municipalidad, a presencia del Concejo y con la asistencia de los vecinos de la población, y lo presidirá la primera autoridad política del Departamento. Al efecto estará decorado decentemente el salón municipal, comisionándose a este fin a los Concejales Rondón, Gámez y Ojeda.
            Terminado el examen tendrá efecto la distribución de premios y enseguida el Concejo otorgará la vacación a los escolares hasta el 1º de septiembre.
Quedan encargados de la ejecución de este acuerdo, los Concejales: Presidente y Secretario del Cuerpo. Comuníquese y circúlese para los fines consiguientes. Dios y Federación. Ignacio Hernández.
Nota: Las señoras y señoritas que se hallaren presentes y quisieren estimular con sus premios a los alumnos, podrán dirigirlos al Director para su distribución. Los premios pueden consistir en libros a propósito para los educandos o en guirnaldas de buen gusto.
Ignacio Hernández. (Presidente del Concejo Municipal).
Acuerdo del 24 de Febrero, resolviendo una consulta del Administrador respectivo.
Se ha recibido su nota oficial con fecha de ayer, bajo el número 2, que paso a contestar por el orden de su nomenclatura:
Primera parte, relativa al crédito que reclama el Sr. José Julián Ramírez contra las rentas por sueldos devengados en los meses de noviembre y diciembre del año anterior.
El Concejo no ha podido, ni puede hacer más de lo que decretó el 24 de enero, cuando dice: “El Concejo Municipal del Departamento Bravo, no obstante de haberse distribuido las rentas conque cuenta para sus gastos ordinarios en el presente año, reconoce la acreencia que alega tener contra el Tesoro Municipal el ciudadano José Julián Ramírez, por sus sueldos devengados en noviembre y diciembre últimos, incluso los ocho venezolanos por cuenta de alquileres del local, que paulatinamente se le amortizará por trimestres, después de solventados los gastos del servicio activo municipal”.
Muy bien hace el señor Administrador al hacer abstracción sobre este punto, penetrado como debe estarlo del servicio activo y pasivo de las rentas; a la vez que su procedimiento está en concordancia con el artículo 58 de la ley sobre rentas que está vigente, cuyo sentido literal dice así: “Los Concejos Municipales ordenarán el corte de sus cuentas el último de Diciembre de cada año, debiendo determinar la manera de amortizar los créditos que resulten contra su renta, sin perjuicio del servicio activo”.
Sobre el impuesto de tareas: Aunque los datos que se recabaron de la Prefectura Departamental disienten un tanto del dictamen del Concejo en este asunto, se espera a mayor abundamiento y en corroboración de su idea la contestación del Gobierno, a quien se han trasmitido los antecedentes; porque destinándose como se ha destinado lo preciso y necesario, a juicio del Concejo, para la composición de los caminos anexos al Departamento, lo demás puede invertirse discrecionalmente como todos los demás ramos declarados por la ley de rentas municipales; -tal como el consumo de cerdos, que por más que se diga que tiene especial aplicación, se incurriría fácilmente en malversación de las rentas sin computar su gasto o erogación con el número de faroles existentes. Poco importa la comunidad de las rentas si se atiende con regularidad lo que la ley prescribe.
Sobre medios alquileres de casas: Este impuesto que pagarán anualmente sus dueños o inquilinos, se cobrará por mitad una vez en el año sobre el alquiler fijo o estipulado entre los interesados, sin que pueda eludirse el pago, ni alterarse el alquiler, bajo ningún pretexto por desechar el sentido de la ley. Comprobada que sea esta circunstancia, el representante de las rentas hará las gestiones necesarias en cumplimiento de sus deberes. Los medios alquileres de casas se cobrarán en los tres primeros meses del año.
Comuníquese al Administrador en contestación y al Ejecutivo del Estado por medio del portero del Concejo o de un experto a su costa y bajo su responsabilidad, que al efecto proveerá de lo necesario el Sr. Administrador, y dese cuenta al Concejo de esta determinación.
Dios y Federación.
Ignacio Hernández.
Presidente del Concejo Municipal


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